INSTRUCTIVO DE DISPENSACION
- LA DIRECCION TECNICA PODRA SER EJERCIDA EN CALIDAD DE ASESORIA POR UN QUMICO FARMACEUTICO O TECNOLOGO EN REGENCIA DE FARMACIA; DEPENDIENDO DE LA COMPLEJIDAD DE LA INSTITUCION : PARA INSTITUCIONES DE MEDIANA Y ALTA COMPLEJIDAD SERA EXCLUSIVAMENTE EL Q.F Y PARA LAS DE BAJA COMPLEJIDAD EL Q.F O T.R.F
- LOS DIRECTORES TECNICOS DEBERAN ESTAR EN LA CAPACIDAD DE OFRECER LA INFORMACION OPORTUNA,COMPLETA,VERAZ,INDEPENDIENTE Y DE CALIDAD SUSTENTADA EN EVIDENCIA CIENTIFICA Y/O TECNICA SOBRE SUSTANCIAS SOMETIDAS A FISCALIZACION Y DE PRODUCTOS QUE LA CONTENGAN.
- LOS MEDICOS,MEDICOS VETERINARIOS Y MEDICOS VETERINARIOS ZOOTECNISTAS SON LOS UNICOS PROFESIONALES QUE PODRAN PRESCRIBIR MEDICAMENTOS DE CONTROL ESPECIAL, FRANJA VIOLETA, EN LA FORMULA DE RECETARIO OFICIAL.
IDENTIFICAR EN LA PRESCRIPCION DE MEDICAMENTOS DE CONTROL ESPECIAL LOS SIGUIENTES PARAMETROS:
- MEDICAMENTOS CORRESPONDIENTES A : " ANALGESICOS NARCOTICOS" , ANALGESICOS MODERADAMENTE NARCOTICOS " , A " BARBITURICOS O MEDICAMENTOS QUE CONTIENEN BARBITURICOS, CON EXCEPCION DE FENOBARBITAL; " ANFETAMINAS Y ESTIMULANTES CENTRALES " , A " TRANQUILIZANTES HIPNOPTICOS NO BARBITURICOS " Y DEMAS MEDICAMENTOS DE CONTROL ESPECIAL, SE DISPENSARA HASTA LA DOSIS REQUERIDA PARA TRINTA ( 30 ) DIAS CALENDARIO.
- MEDICAMENTOS CORRESPONDIENTES A " OXITOCICOS Y ANTIHEMORRAGICOS UTERINOS ", LA DOSIS ORDENADA BAJO LA ESPONSABILIDAD DEL MEDICO TRATANTE.
- FENOBARBITAL, HASTA LAS DOSIS REQUERIDAS PARA NOVENTA ( 90 ) DIAS CALENDARIO.
CON RELACION AL RECETARIO OFICIAL VERIFICAR
- QUE LA PRESCRIPCION DE MEDICAMENTOS DE CONTROL ESPECIAL PARA USO HUMANO O VETERINARIO SOLO SE PODRA EFECTUAR EN LOS RECETARIOS OFICIALES SUMINISTRADOS POR LOS FONDOS ROTATORIOS DE ESTUPEFACIENTES, PARA MEDICOS EN EJERCICIO LEGAL DE SU PROFESION
- QUE LOS RECETARIOS OFICIALES PARA LA FORMULACION DE MEDICAMENTOS DE CONTROL ESPECIAL TENDRAN UN ORIGINAL, QUE QUEDARA EN EL ESTABLECIMIENTO O ENTIDAD QUE DISPENSE, Y DOS COPIAS, EN LAS CUALES SE ANOTARA QUE FUE DISPENSADO, UNA PARA EL PACIENTE Y OTRA PARA EL TRAMITE ADMINISTRATIVO PERTINENTE
- PARA EL CASO DE QUE UN MEDICAMENTO SEA FORMULADO EN UN DEPARTAMENTO DIFERENTE AL DE ADQUISICION O COMPRA, SE PODRA AUTORIZAR LA FORMULA POR PARTE DE UAE, FONDO NACIONAL DE ESTUPEFACIENTES O DEL FONDO ROTATORIO DE ESTUPEFACIENTES DEPARTAMENTAL.
- QUE EL RECETARIO OFICIAL DEBE CONTENER COMO MINIMO LOS SIGUIENTES DATOS :
- CODIFICACION
- NOMBRE DEL PRESCRIPTOR,DIRECCION Y TELEFONO.
- FECHA DE EXPEDICION DE LA PRESCRIPCION.
- NOMBRE DEL PACIENTE, DIRECCION Y NUMERO DEL DOCUMENTO DE IDENTIDAD SI ES EL CASO
- DENOMINACION COMUN INTERNACIONAL DEL MEDICAMENTO, CONCENTRACION Y FORMA FARMACEUTICA, CANTIDAD TOTAL EN NUMEROS Y LETRAS Y DOSIS DIARIA ( FRECUENCIA DE ADMINISTRACION ) , VIA DE ADMINISTRACION Y TIEMPO DE TRATAMIENTO.
- FIRMA DEL PRESCRIPTOR CON SU RESPECTIVO NUMERO DE REGISTRO PROFESIONAL.
- LA FORMULA MEDICA DEBE SER UNICA PARA LOS MEDICAMENTOS DE CONTROL ESPECIAL. EN ELLA NO DEBEN PRESCRIBIRSE OTROS MEDICAMENTOS DIFERENTES A LOS SOMETIDOS A CONTROL ESPECIAL. UNA VEZ DIPENSADO EL MEDICAMENTO SE DEBERA COLOCAR SELLO DE DISPENSADO EN LA PRESCRIPCION CORRESPONDIENTE.
PROHIBICIONES
- LA DISTRIBUCION DE MUESTRAS DE MEDICAMENTOS SOMETIDOS A FISCALIZACION FRANJA VIOLETA
- LA ENTREGA DE MEDICAMENTOS SOMETIDOS A FISCALIZACION FRANJA VIOLETA AL PERSONAL DE SALUD COMO ESTRATEGIA DE MERCADEO
- DISPENSAR MEDICAMENTOS DE CONTROL ESPECIAL TRASCURRIDO EL PLAZO DE VALIDEZ DE LA PRESCRIPCION O SIN EL CUMPLIMIENTO DE LOS REQUISITOS DEL RECETARIO OFICIAL
- NO CUMPLIR CORRECTAMENTE CON LOS DATOS Y ADVERTENCIAS QUE DEBE CONTENER LA PRESCRIPCION DE MEDICAMENTOS DE CONTROL ESPECIAL
- OFRECER DIRECTA O INDIRECTAMENTE CUALQUIER TIPO DE INCENTIVO, PRIMAS U OBSEQUIOS, POR QUIEN TEGA INTERESES DIRECTOS O INDIRECTOS EN LACOMERCIALIZACION DE SUSTANCIAS SOMETIDAS A FISCALIZACION O PRODUCTOS QUE LAS CONTENGAN A LOS PROFESIONALES SANITARIOS IMPLICADOS EN EL CICLO DE PRESCRIPCION, DISPENSACION Y ADMINISTRACION.
- DISPENSAR MEDICAMENTO DE CONTROL ESPECIAL CON MAS DE QUINCE DIAS DE HABER SIDO EXPEDIDA LA PRESCRIPCION MEDICA.
- FUNCIONAMIENTO DE SERVICIOS FARMACEUTICOS SIN LA PRESENCIAY ACTUACION DEL DIRECTOR TECNICO RESPONSABLE.
- DISPENSAR MEDICAMENTOS DE CONTROL EN ESTABLECIMIENTOS NO AUTORIZADOS
- DISPENSAR SIN RECETARIO OFICIAL MEDICAMENTOS SOMETIDOS A CONTROL ESPECIAL
- VENDER, DISPENSAR,DISTRIBUIR O USAR MEDICAMENTOS DE CONTROL ESPECIAL PARA FINES NO MEDICOS
MEDICAMENTOS DE CONTROL ESPECIAL MONOPOLIO DEL ESTADO
FENOBARBITAL
- ANTICONVULSIVANTE A DOSIS BAJAS ACTUA COMO SEDANTE SIN PODERSE DESCARTAR SU EFECTO HIPNOPTICO.
MEPERIDINA
ANALGESICO NARCOTICO UTILIZADO ANTES Y DESPUES DE OPERACIONES QUIRURGICAS, Y PARA REDUCIR DOLORES DEL PARTO MORFINA
ANALGESICO NARCOTICO, PRINCIPAL ALCALOIDE DEL OPIO ES UN POTENTE SUPRESOR DEL DOLOR Y PRODUCE EFECTOS SOMNIFEROS UTILIZADO EN EL TRATAMIENTO DE DOLORES SEVEROS Y ENFERMEDADES TERMINALES METADONA
ANALGESICO NARCOTICO EMPLEADO EN EL TRATAMIENTO DEL DOLOR
CRONICO SEVERO Y TRATAMIENTOS EN LA DESINTOXICACION DE ADITOS
HIDROMORFONA
ANALGESICO NARCOTICO UTILIZADO PARA ALIVIAR EL DOLOR
MEDICAMENTOS DE CONTROL ESPECIAL FABRICADOS POR LA INDUSTRIA FARMACEUTICA
MIDAZOLAM
INDUCTOR DEL SUEÑO, CARACTERIZADO PRINCIPALMENTE POR LA RAPIDEZ Y LA BREVEDAD DE SU ACCION, TAMBIEN EJERCE UN EFECTO ANSIOLITICO,ANTICONVULSIVANTE Y RELAJANTE MUSCULAR.
DIAZEPAM
TRANQUILIZANTE BENZODIAZEPINICO CON EFECTO ANSIOLITICO -SEDANTE-MIORRELAJANTE E INDUCTOR DEL SUEÑO . UTIL EN ANSIEDAD AGITACION-TENSION E INSOMNIO.
TIOPENTAL
PUEDE USARSE PARA VARIOS FINES : COMO INDUCCION DE ANESTESIA , COMO ANESTESICO UNICO,PARA TRATAR EPISODIOS CONVULSIVOS AGUDOS DE DIFENTE ETIOLOGIA Y PARA PRODUCIR UNA SEDACCION SIMPLE.
FENTANILO
ANESTESICO GENERAL EN LA MAYORIA DE LAS INTERVENCIONES QUIRURGICAS,ANALGESICO NARCOTICO.